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artículo 1 de la Declaración universal de los derechos del hombre

Libertad humana y Bien Común

Pedro Sáez Martínez de Ubago. Según el artículo 1 de la Declaración universal de los derechos del hombre “todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados, como están, de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros”. De aquí puede deducirse, por aparecer citada en primer lugar, que la libertad, como la vida de los seres que nacen libres, es fuente de los demás derechos; y es esencial a la persona, que no es que tenga derecho a ser libre sino que tiene derechos por ser libre.
Aunque, a lo largo de la historia no se ha entendido de la misma forma, hoy perticularmente, quizá porque como decía Bismarck, “la libertad es un lujo que no todos pueden permitirse”, vivimos una época de crisis casi absoluta de valores en que la palabra “libertad” se prostituye vesánica y pertinazmente hasta su total degradación. Por poner unos ejemplos, la libertad de prensa o de cátedra se confunden con una supuesta facultad para el libelo y la manipulación; la libertad de expresión con la facultad para mentir e injuriar; la libertad sexual con el derecho a asesinar; la libertad económica con capacidad para esclavizar… Por eso conviene pararse a reflexionar sobre el verdadero sentido de la libertad de la persona humana, en la medida en que la concepción que de ésta se tenga repercute indefectiblemente en la organización y vida de la sociedad civil.
Si en la Edad Media la libertad consistía en la capacidad del ser humano para dar un sentido a sus acciones al ocupar el puesto que le correspondía en la vida y dentro del cuerpo social, esto implicaba que, para el hombre medieval era inconcebible el vivir aislado, en tanto que las exigencias de la sociedad no eran un inconveniente para su independencia, algo inseparable de su integración en el orden estamental.
Sin embargo, en la actualidad prevalece un individualismo que lleva al hombre a creerse más libre cuanto menos depende de su entorno y de los demás. Concepción egoísta y errónea en tanto que implica concebir la sociedad como un mal que se debe tolerar -en radical oposición a la idea de animal social y esencialmente político que planteara Aristóteles- y tratar de que dicha sociedad sea lo menos onerosa posible para el ser humano.
Consecuentemente con esto, esta libertad como cualidad inmanente del hombre o persona –entidad individual de naturaleza racional- por la que ésta dispone de un saber común espontáneo que le indica cuándo obra libremente o cuándo no actúa bien, es decir, este fundamento de una moral social y objetiva, hoy tiende a sucumbir en una sociología de postulados subjetivistas, basados en un egoísmo naturalmente ajeno a la intrínseca dinámica del conocer y querer humano, que le diferencia de los otros animales en su apertura a toda realidad no instintiva donde puede optar entre los diferentes bienes que puede aprehender, conocer y valorar, haciéndolo voluntariamente, de conformidad con su libre albedrío.
Esto confiere a la libertad humana la dimensión moral y conlleva la capacidad y deber de usar esa voluntad y libertad de forma adecuada de forma que a través de ella se autorrealice en su fin último: la felicidad por el conocimiento de la Verdad que hace libre. Y, al tiempo, subordina esta libertad, que deja de ser un valor absoluto y aislado, a la perfección personal.
Esta perfección implica todo un proceso que, transcendiendo lo instintivo, por la repetición de hábitos operativos o virtudes implica un dinamismo y un aprendizaje que lleva al ser humano a convertir el ejercicio de su forma de actuar y optar en su forma de ser. Uno es bueno en la medida que hace el bien y opta por él.
Trasladado esto a la dimensión política, la verdadera libertad del ciudadano implica entonces un actuar bien en relación con uno y con los demás miembros de la comunidad que exige la promoción de la libertad en el ámbito público. Promoción que exige garantizar formas externas de ejercitar la libertad social, es decir, actuar no sólo según un bien propio y subjetivo sino de conformidad con un bien común transcendente que es fruto de respuestas y opciones libres y creador de unos potenciales espacios de libertad inexistentes en el individuo aislado.
Así es sólo porque el Bien Común comprende el conjunto de condiciones de la vida social que permiten a sus miembros encontrar en ésta una serie de medios necesarios para poder alcanzar su pleno y adecuado perfeccionamiento como personas y que fuera de la vida social les sería imposible conseguir, dado que lo que configura, en esencia, el Bien Común es la necesaria referencia a la perfección personal del ser humano.
Conjunto de condiciones que, a su vez, es dinámico porque no sólo presta los medios sino también constituye un incentivo para el desarrollo de la libertad y de la responsabilidad personales de todos y de cada uno de los hombres que forman parte del todo, haciendo así posible la utilización de todos los medios que hallamos en la vida en sociedad para el desarrollo personal de cada miembro del grupo.
Concluyendo con palabras de Aparisi y Guijarro: “Dios ha querido que la libertad civil, la política, todo linaje de libertades nazcan como de su fuente, de la libertad moral, es decir, del dominio de la razón apoyada en Dios, sobre las pasiones que tienden a esclavizarla”.
 

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